viernes, 30 de septiembre de 2016

Estatutos de régimen interno de la Ilustre y Venerable Hdad. de Ntra. Sra. la Stma. Virgen de las Angustias

PREÁMBULO



La Estación de Penitencia que esta Hermandad realiza el Viernes  Santo presidida por el Santo Sepulcro, constituye el acto principal de culto público a Nuestro Padre Jesús Atado a la Columna, El Santo Sepulcro y Nuestra Señora La Santísima Virgen de las Angustias, fomentando la devoción y veneración debidas a sus Sagrados Titulares, procurando el aumento del fervor y religiosidad e impulsando su carácter de manifestación de fe. Todo ello tiene como objetivo primordial promover e incrementar la vida espiritual de sus hermanos, así como fieles y devotos, a través de una verdadera misión evangelizadora ofreciendo un testimonio de fe y caridad cristiana, desde la constitución de la Hermandad el 22 de abril de 1680, hasta nuestros días.
El presente reglamento tiene como misión última servir de instrumento para que la Estación de Penitencia cumpla sus objetivos, exhortando a los hermanos a que guarden recogimiento, compostura, devoción y penitencia, ya que estas deben ser unas normas básicas de recogimiento en el Santo Entierro de Nuestro Señor Jesucristo, para que sea de provecho espiritual, tanto para los que lo practican como para los que la presencian.




INDICE



1.- ESTACION DE PENITENCIA Y COMISIÓN DE ESTACIÓN DE PENITENCIA 4 2.- LA PAPELETA DE SITIO  .......................................................................................6 3.- ORDENACIÓN DE LA ESTACIÓN DE PENITENCIA...........................................8
Esquema de distribución de cargos dentro de la Estación de Penitencia.............10 4.- CARGOS DE LA PROCESIÓN Y SUS FUNCIONES............................................13
Diputado Mayor

Diputado de Hora

Diputado de Tramo

Fiscal de Paso

Diputado de Puerta

Diputado de Niños

5.- OTROS HERMANOS Y RESTO PERSONAL PARTICIPANTE...........................18

Hermanos Infantiles hasta 14 años

Hermanos Nazarenos

Hermanos Manigueteros

Hermanas de Mantilla

Portadores insignias y enseres

Acólitos

Otro Personal

6.- CAPATACES, HORQUILLEROS, COSTALEROS Y PORADORES…...............24

Deberes del Capataz

Requisitos que deben reunir los Costaleros y Portadores

Deberes de los Costaleros y Portadores

7.-PRESIDENCIAS........................................................................................................29 8.- DE LA REFORMA DEL REGLAMENTO...............................................................31


DIPOSICIÓN ADICIONAL DIPOSICIÓN FINAL


CAPITULO 1:


ESTACIÓN DE PENITENCIA Y COMISIÓN DE ESTACIÓN DE PENITENCIA



Artículo 1º

La Estación de Penitencia se realizará en la tarde/noche del Viernes Santo .En cuanto al itinerario será: plaza Virgen de las Angustias, calle del Mar, calle. Juan Anglada, plaza Mayor, calle Mayor, plaza Fernando V. calle. Alfredo Almunia, calle José Gómez, calle Isabel la Católica, calle Reconquista, calle del Mar y plaza Virgen de las Angustias, pudiendo ser modificado en Asamblea General Ordinaria.


Artículo 2º

Se trata de una Estación de Penitencia de Silencio, en la que la imagen que preside el cortejo es el Santo Sepulcro por lo que no se podrá vitorear, gritar ni aplaudir, fomentando el silencio, la oración y la meditación, tanto en los que participan como en los que la contemplan.


Artículo 3º

Nuestro Padre Jesús Atado a la Columna, El Santo Sepulcro y Nuestra Señora la Santísima Virgen de las Angustias irán acompañados por Marchas Fúnebres, Marchas de Corte Serio, Música de Capilla o en Silencio.


Artículo 4º

La organización de la procesión será responsabilidad de la Junta de Gobierno, junto con el Diputado Mayor, con suficiente antelación a la Semana Santa.


Artículo 5º

La Comisión de Estación de Penitencia (CEP) estará formada por miembros de la Junta de Gobierno elegidos por el Hermano Mayor y el Diputado Mayor en número suficiente para desempeñar las funciones de ésta. Presidida por el Hermano Mayor y en su defecto por el Diputado Mayor.
Serán funciones de La Comisión de Estación de Penitencia (CEP):


Elaborar el plan de actuación que presentará a la Junta de Gobierno. En el mismo deben constar las fechas de preparación de los enseres, en colaboración con el Mayordomo, que sean necesarios para la salida procesional, así como las fechas y organización del reparto de túnicas y entrega de papeletas de sitio.
Selección y negociación con las bandas de música para posteriormente presentarlas a la Junta de Gobierno para su aprobación.
Seguimiento de las bandas de música contratadas por la Junta de Gobierno.

Seleccionar las composiciones musicales de las bandas.

Dar el Visto Bueno a los componentes de las cuadrillas de Costaleros y Portadores.
Estudiar y en su caso sancionar las faltas de los hermanos participantes en la Estación de Penitencia.


Artículo 6º

Todos los hermanos, cualquiera que sea el puesto que ocupen o la función que desempeñen en la Cofradía, están obligados a comportarse con la máxima compostura y seriedad, siendo conscientes de que van acompañando a nuestras Sagradas Imágenes Titulares y del público testimonio de religiosidad que deben ofrecer a quienes contemplan la procesión, así como de la incidencia de su comportamiento en el prestigio y buen nombre de la Hermandad.
a) En todo momento, prestarán su leal colaboración para el adecuado desarrollo de la estación de penitencia, siguiendo las instrucciones del Diputado Mayor de Gobierno, sus Auxiliares, Diputados de Tramo o Fiscales de Paso.
b) Vestirán, con dignidad y decoro, el hábito nazareno o la indumentaria que esté establecida o sea usual para el puesto o función que desempeñen.


CAPÍTULO 2:



LA PAPELETA DE SITIO



Artículo 7º

La Hermandad emitirá un documento llamado papeleta de sitio. Todos los hermanos que formen el cuerpo de nazarenos y hermanas de mantilla tendrán que tener en su poder la papeleta de sitio para la Estación de Penitencia.


Artículo 8º

Podrá obtener la papeleta toda persona cristina y que tenga devoción por Nuestros Sagrados Titulares.


Artículo 9º

En el documento figurará, entre otros datos,   el nombre, su número de teléfono y la fecha correspondiente, así como el lugar que ocupará en la Estación de Penitencia.


Artículo 10º

La papeleta de sitio se considera personal e intransferible, constituyendo una falta la suplantación de la identidad por parte de otra persona.


Artículo 11º

La expedición de las papeletas de sitio se realizará cada año en fechas anteriores a la Semana Santa, que decidirá la CEP y comunicará debidamente a todos los hermanos.


Artículo 12º

Con el fin de organizar la Estación de Penitencia, la CEP convocará a los hermanos para que soliciten un puesto determinado en la Estación de Penitencia, por los cauces que se determinen.


Artículo 13º

El criterio de preferencias para asignar los puestos será el siguiente: 1º.- Ser hermano de la Hermandad.


2º.- Orden de reserva.

3º.- Haber participado en la Estación de Penitencia del año anterior.



Artículo 14º

Cuando las solicitudes superen a  los puestos disponibles, la CEP las atenderá asignando otros dentro de la Estación de Penitencia.


Artículo 15º

La papeleta de sitio se conservará en poder del hermano hasta el fin de la Estación de Penitencia, y retornará a la Hermandad junto con el equipo de nazareno, en caso de ser éste propiedad de la Cofradía, así como a su devolución  los días señalados por la Hermandad.


CAPÍTULO 3:


ORDENACIÓN DE LA ESTACIÓN DE PENITENCIA



Artículo 16º.

La Estación de Penitencia estará organizada en esta Hermandad y Cofradía mediante el siguiente orden de cargos e insignias que formarán los tres sectores:,
Diputado Mayor

Diputado de Horas

Cruz de guía, acompañada de los Faroles de Guía

Niños de la Hermandad.

Hermanos Nazarenos

Diputado/s de Tramo

Senatus, Romanos.

Estandarte de Ntro. Padre Jesús Atado a la Columna escoltado con varas.

Presidencias de Paso.

Bocinas

Música de Cámara

Ciriales

Acólitos

Incensarios y naveta.

Paso del Nuestro Padre Jesús Atado a la Columna

Banda de Música.

Fiscal de Paso

Hermanos Nazarenos

Diputado/s de Tramo

Bandera Cruzada Negra y Blanca escoltada por varas

Hermanos Nazarenos

Estandarte del Santo Sepulcro escoltado por varas

Corporación Municipal

Presidencias y Libro de Reglas.


Bocinas

Música de Cámara

Ciriales y Cruz Parroquial

Acólitos

Incensarios

Paso del Santo Sepulcro

Banda de Música

Fiscal de Paso

Hermanos Nazarenos

Diputado/s de Tramo

Bandera Cruzada Azul y Blanca escoltada por varas (si las hubiera)

Hermanos Nazarenos

Estandarte  Santísima  Virgen  de  las  Angustias  acompañado  por  varas  o faroles
Bandera Grupo Joven

Hermanas de mantilla

Diputado de Tramo

Bandera acompañada por varas

Camareras

Ante-presidencias

Presidencias

Bocinas

Música de Capilla

Ciriales

Acólitos

Incensarios

Paso de La Santísima Virgen de las Angustias

Banda de Municipal de Vera

Fiscal de Paso


ESQUEMA DE DISTRIBUCIÓN DE CARGOS DENTRO DE LA ESTACIÓN DE PENITENCIA


DIPUTADO MAYOR
FISCAL DE HORAS
Vocales/

Miembro J.G.

(Vara)

FAROL

CRUZ GUIA

FAROL Vocales/

Miembro J.G.

(Vara)
NIÑOS HERMANDAD
HERMANOS NAZARENOS
SENATUS

ROMANOS


Vocales/Miembro J.G

(Vara) ESTANDARTE

NTRO. PADRE JESÚS ATADO A LA COLUMNA

Vocales/Miembro J.G

(Vara)
PRESIDENCIA
1º Mayordomo Cristo (Vara) 2º Mayordomo Cristo (Vara)
BOCINAS
MÚSICA DE CÁMARA
CIRIALES
ACÓLITOS
INCENSARIOS Y NAVETA
NUESTRO PADRE JESÚS ATADO A LA COLUMNA
BANDA DE MÚSICA
FISCAL DE PASO




HERMANOS NAZARENOS
Vocales/Miembro J.G.

(Vara) BANDERA CRUZADA

SEPULCRO Vocales/Miembro J.G.

(Vara)
HERMANOS NAZARENOS
Vocales/miembros J.G.

(Vara) ESTANDARTE DEL

SANTO SEPULCRO Vocales/miembros J.G.

(Vara)
CORPORACIÓN MUNICIPAL
PRESIDENCIA

Secretaria Capitán Guardia Civil 2º Mayordomo Sepulcro

(Libro de Reglas) (Vara) (Vara)
1º Mayordomo

Sepulcro (Vara)
Pregonero (Vara)
Párroco (Vara) Teniente Hermano

Mayor (Vara)
BOCINAS
MÚSICA DE CAMARA
CIRIALES CRUZ PARROQUIAL CIRIALES
ACOLITOS
INCENSARIOS
SANTO SEPULCRO
BANDA DE MÚSICA
FISCAL DE PASO




HERMANOS NAZARENOS
Vocales/Miembro J.G.

(Vara) BANDERA CRUZADA

VIRGEN Vocales/Miembro J.G.

(Vara)
HERMANOS NAZARENOS
Vocales/Miembro J.G.

(Vara o Farol) ESTANDARTE DE LA

STMA. VIRGEN Vocales/Miembro J.G.

(Vara o Farol)
BANDERA GRUPO JOVEN
MANTILLAS
Vocales/Miembro J.G.

(Vara) BANDERA DE LA

STMA. VIRGEN Vocales/Miembro J.G.

(Vara)
CAMARERA (Vara) CAMARERA (Vara)
INVITADOS

Invitado/a (Vara)
Invitado/a (Vara) Pregonero Grupo

Joven (Vara) Religiosa

Franciscana (Vara)
PRESIDENCIA
2º Mayordomo

Virgen (Vara)
Tesorero (Vara) Hermano/a Mayor

(Vara) 1º Mayordomo

Virgen (Vara)
MÚSICA DE CAPILLA
CIRIALES
ACÓLITOS
INCENSARIOS
SANTÍSIMA VIRGEN DE LAS ANGUSTIAS
BANDA DE MUNICIPAL DE VERA
FISCAL DE PASO




Artículo 17º

Esta  configuración  del  guión  procesional  podrá  modificarse  por  incorporación  de nuevas insignias en acuerdo de la Junta de Gobierno de la Hermandad.


CAPÍTULO 4:



CARGOS DE LA PROCESIÓN Y SUS FUNCIONES



Artículo 18º  - DIPUTADO MAYOR

1.- El Diputado Mayor dirige la Estación de Penitencia.

2.- Es el principal responsable de la Estación de Penitencia, vigilará del exacto cumplimiento y difusión de este reglamento entre los hermanos.
3.- Organizará la Estación de Penitencia antes de la salida del Templo, durante el recorrido y la entrada al Templo.
4.- Propondrá los cargos de organización de la Estación de Penitencia, el Diputado de Hora, los Diputados de Tramo y los Fiscales de los Pasos ante la Junta de Gobierno para ser elegidos.
5.- Podrá intervenir en el reparto de papeletas de sitio y túnicas cuidando del cumplimiento de los estatutos de la Hermandad y del reglamento de Régimen Interno.
6.- En caso de surgir algún imprevisto grave durante la Estación de Penitencia decidirá (previa consulta con el Hermano Mayor) lo que mejor proceda.
7.- Tomará las decisiones necesarias después de escuchar las opiniones de los diputados y/o  fiscales  sobre  cualquier     situación  no  trascendental  durante  la  Estación  de Penitencia.
8.- Coordinará y convocará la Comisión de la Estación de Penitencia como mínimo con 5 meses de anticipación antes de la Semana Santa.
9.- Convocará las reuniones que estime pertinentes con celadores, fiscales de paso y diputados.
10.- El Diputado Mayor vestirá túnica negra y capirote y antifaz negros. Las manos irán descubiertas sin reloj o abalorios y las uñas sin pintar. Solo se podrá llevar la alianza matrimonial por ser un sacramento de la Santa Iglesia Católica.


Artículo 19º - DIPUTADO DE HORA

1.- Propuesto por el Diputado Mayor y nombrado  por la Junta de Gobierno, será el responsable del cumplimiento del horario de la cruz de guía, según las directrices, listado de horarios y lugares que anteriormente le habrá marcado el Diputado Mayor.


2.- A la entrada en el Templo organizará la recogida de enseres de la Cofradía ayudado por Diputados de Puerta, siguiendo las instrucciones del Diputado Mayor,
3.- Los Diputados de Hora están obligados a participar en cuantas reuniones convoque el Diputado Mayor para la organización de la Estación de Penitencia.
4.- Resolverán cuantas incidencias leves ocurran durante la Estación de Penitencia, informando cuando sea posible al Diputado Mayor. En el caso de producirse una incidencia grave localizarán por cualquier medio urgente al Diputado Mayor para comunicarle la situación y solicitar instrucciones.
5.- El Diputado de Hora vestirá túnica negra y capirote y antifaz negros. Las manos irán descubiertas sin reloj o abalorios y las uñas sin pintar. Solo se podrá llevar la alianza matrimonial por ser un sacramento de la Santa Iglesia Católica.


Artículo 20º - DIPUTADO DE TRAMO

1.- Los Diputados de Tramo serán propuestos por el Diputado Mayor y nombrados por la Junta de Gobierno,  a ellos corresponderá la organización del sector que se les haya asignado. Serán los responsables junto con el Diputado Mayor del buen orden, compostura  y  recogimiento  de  la  Cofradía,  tanto  en  el  Templo  como  durante  el recorrido y la llegada al Templo.
2.- Deben ser mayores de edad, se recomendará haber salido anteriormente de nazareno y gozar de idoneidad para desempeñar este puesto a juicio del Diputado Mayor y de la Junta de Gobierno.
3.- Los Diputados de Tramo están obligados a participar en cuantas reuniones convoque el Diputado Mayor para la organización de la Estación de Penitencia.
4.- Estarán en el Templo a la hora que fije el Diputado Mayor, con el fin de organizar, con tiempo suficiente, el cuerpo de hermanos nazarenos o hermanas de mantilla y distribuir los enseres procesionales de sus respectivos tramos.
5.- Exhortarán a los hermanos Nazarenos o hermanas de Mantilla de su tramo a realizar ejemplarmente la Estación de Penitencia, cuidaran de que sus vestimentas sean las que se exponen en este reglamento interno en el artículo 25 punto 3 y articulo 27 punto 6 y velarán para que los hermanos/as cumplan con las normas de conducta expresadas en el artículo 25 punto 2 y articulo 27 punto 5.
6.- Resolverán cuantas incidencias leves ocurran durante la Estación de Penitencia, informando  cuando  sea  posible  al  Diputado  Mayor.  En  el  caso  de  producirse  una


incidencia grave localizarán por cualquier medio urgente al Diputado Mayor para comunicarle la situación y solicitar instrucciones.
7.- Los Diputados de Tramo de Ntro. Padre Jesús Atado a la Columna, Santo Sepulcro, y  Ntra.  Sra.  La  Virgen  de  las  Angustias,  pertenecientes  al  tramo  de  hermanos Nazarenos, deberán de ir con túnica negra, mientras que el Diputado de Tramo de las hermanas de Mantillas, deberá de ir con traje negro o con túnica negra. Las manos irán descubiertas sin reloj o abalorios y las uñas sin pintar. Solo se podrá llevar la alianza matrimonial por ser un sacramento de la Santa Iglesia Católica.
8.- Durante el mes siguiente a la Estación de Penitencia, presentarán un informe al Diputado Mayor, lo más detallado posible sobre las incidencias que hubiesen acaecido en su tramo desde la organización, salida, durante el transcurso o la entrada de la misma. Este informe lo presentaran en la reunión que a este efecto se organice junto con los demás responsables de organización de la Estación de Penitencia y Junta de Gobierno.


Artículo 21º - FISCAL DE PASO

1.-Los Fiscales de Paso serán propuestos por el Diputado Mayor y por la Junta de Gobierno.
Serán escogidos por los miembros de la Junta de Gobierno. Deben ser mayores de edad, se recomendará haber salido anteriormente de nazareno y gozar de idoneidad para desempeñar este puesto a juicio del Diputado Mayor y de la Junta de Gobierno
2.- Los Fiscales de Paso velarán por el estricto cumplimiento del horario que señale el Diputado Mayor transmitiendo sus órdenes a los Capataces, vigilando así mismo que los Pasos sean llevados con respeto, seriedad, rigor y silencio propios de esta Estación de Penitencia.
3.- Controlarán durante la Estación de Penitencia el cumplimiento de la relación de composiciones musicales previamente aprobadas.
4.- Vigilarán que ninguna persona ajena a la Estación de Penitencia se sitúe delante, atrás y a los lados del Paso al que esté designado.
5.- Organizarán a los hermanos que porten los incensarios y Presidencias, señalándoles la distancia que deben conservar hasta el Paso, según las instrucciones del Diputado Mayor.
6.- Resolverán cuantas incidencias leves ocurran durante la Estación de Penitencia, informando  cuando  sea  posible  al  Diputado  Mayor.  En  el  caso  de  producirse  una


comunicarle la situación y solicitar instrucciones.  .

7.- Los Fiscales de Paso están obligados a participar en cuantas reuniones convoque el Diputado Mayor para la organización de la Estación de Penitencia.
8.- Los Fiscales de Paso pertenecientes a Nuestro Padre Jesús Atado a la   Columna, Santo de Sepulcro y Nuestra Santísima Virgen de las Angustias vestirán túnica negra, capirote y antifaz negros. Las manos irán descubiertas sin reloj o abalorios y las uñas sin pintar. Solo se podrá llevar la alianza matrimonial por ser un sacramento de la Santa Iglesia Católica.
9.-Durante el mes siguiente a la Estación de Penitencia presentarán un informe al Diputado Mayor lo más detallado posible sobre las incidencias que hubiesen acaecido en su Paso. Este informe lo presentarán en la reunión que a este efecto se organice junto con los demás responsables de organización de la Estación de Penitencia.


Artículo 22º - DIPUTADO DE PUERTA

1.- Formarán esta organización los hermanos designados por el Diputado Mayor.

2.- Colaboraran con el Diputado Mayor y los Diputados de Hora en la entrada y salida de la Estación de Penitencia, cerrando la puerta de la Ermita a la hora convenida por la Junta  Directiva,  no  permitiendo  que  en  ningún  momento  se  acceda  al  interior  del Templo por la puerta principal durante la Estación de Penitencia.
3.- También podrán situarse dentro y fuera del cortejo durante la Estación de Penitencia. 4.- Éste tendrá los mismos deberes, derechos y responsabilidades que los Diputados de Tramo y Fiscales de Paso.
5.- Durante la Estación de Penitencia estará en permanente contacto por los medios que se establezcan con el Diputado Mayor, Diputados y Fiscales.
6.- Los Diputados de Puerta están obligados a participar en cuantas reuniones convoque el Diputado Mayor para la organización de la Estación de Penitencia.
7.- Los Diputados de Puerta deberán ir con traje negro y la medalla de la Hermandad.



Artículo 23º - DIPUTADO DE NIÑOS

1.- Sera nombrado por el Diputado Mayor y nombrado por la Junta de Gobierno, a el/ella corresponderá la organización del sector de los niños de la Hermandad. Serán los responsables de ellos tanto en la salida, como durante el recorrido y llegada al Templo.


2.- Deben ser mayores de edad, se recomendará haber salido anteriormente de Nazareno y gozar de idoneidad para desempeñar este puesto a juicio del Diputado Mayor y de la Junta de Gobierno.
3.- Los Diputados de Niños están obligados a participar en cuantas reuniones convoque el Diputado Mayor para la organización de la Estación de Penitencia.
4.-Estarán en el Templo a la hora que fije el Diputado Mayor, con el fin de organizar, con tiempo suficiente, el cuerpo de hermanos Infantiles y distribuir los enseres procesionales de sus respectivos tramos.
5.- Resolverán cuantas incidencias leves ocurran durante la Estación de Penitencia, informando cuando sea posible al Diputado Mayor. En el caso de producirse una incidencia grave localizarán por cualquier medio urgente al Diputado Mayor para comunicarle la situación y solicitar instrucciones.
6.- Su vestimenta será la de túnica negra, sin capirote y con antifaz negro. Las manos irán descubiertas sin reloj o abalorios y las uñas sin pintar. Solo se podrá llevar la alianza matrimonial por ser un sacramento de la Santa Iglesia Católica.


CAPÍTULO 5:



OTROS HERMANOS  Y

RESTO DE PERSONAL PARTICIPANTE



Artículo 24º - HERMANOS INFANTILES HASTA 14 AÑOS

1.- Los hermanos Infantiles no deben de olvidar en ningún momento el carácter penitencial y religioso del acto que realizan y la responsabilidad que les alcanza como participes de la buena imagen de fervor y compostura de esta Estación de Penitencia.
2.- Seguirán en todo momento las instrucciones del Diputado de Niños.

3.- Los hermanos que por su edad sea desaconsejable antifaz y/o portar cirios, llevarán una túnica de color azul y capa negra, color de Penitentes del Tramo de la Santísima Virgen de las Angustias.
4.- Irán preferentemente detrás de la Cruz Guía o abriendo el tramo de la Santísima.

Virgen de las Angustias.



Artículo 25º - HERMANOS NAZARENOS

1.- Los hermanos Nazarenos no deben de olvidar en ningún momento el carácter penitencial y religioso del acto que realizan y la responsabilidad que les alcanza como participes de la buena imagen de fervor y compostura de esta Estación de Penitencia.
2.- Los hermanos que vayan a realizar la Estación de Penitencia como Nazarenos, se encuentran especialmente obligados a cumplir las siguientes normas:
a) Dirigirse desde su domicilio al Templo, vistiendo el hábito con prontitud y sobriedad, cubierto con el antifaz, sin detenerse, ni hablar con otras personas.
b) Encontrarse en el Templo a la hora señalada por la Junta de Gobierno.

Podrá permanecer descubierto hasta el momento de organizarse la procesión, siempre que se encuentre en el templo o en interior de la casa Hermandad. Si por algún motivo se tuviese que salir al exterior, previa comunicación al diputado de Tramo, volverá a colocarse el antifaz y regresar con la compostura anteriormente descrita.
c) Mostrar su papeleta de sitio a su diputado de Tramo, ocupando en las filas el lugar asignado, permaneciendo en todo momento atento a sus instrucciones,


las cuales obedecerá con exacta disciplina, y colaborando con aquel en todo lo necesario para el buen orden y compostura de la Estación de Penitencia.
d) Una vez formada y en marcha la Cofradía, los hermanos Nazarenos deberán ir con el mayor orden y en absoluto silencio, evitando movimientos inútiles, acompasando los necesarios y mirando siempre al frente. Cuidarán de que no se corte la fila guardando la distancia marcada de uno a otro Nazareno y atenderán con puntualidad las paradas o marchas que se hagan, por lo que estarán atentos al hermano que los precede.
e) .Durante la Estación de Penitencia no podrán hablar con persona alguna, ni volverse hacia atrás. No adoptarán actitudes o posturas no penitenciales y deberán ir siempre atentos a su pareja en el tramo y atendiendo a las instrucciones de su Diputado de Tramo. En las paradas procurarán mantener la mayor inmovilidad posible, manteniendo verticalmente los cirios, varas e insignias. Queda totalmente prohibido arrastrar los pies.
f) Permanecer en el lugar que ocupe en la Cofradía sin salirse de las filas salvo por necesidad imperiosa que comunicará a su Diputado de Tramo, quien podrá autorizarle a abandonar la Cofradía por el tiempo indispensable y con la  máxima discreción. En caso de imposibilidad definitiva de continuar, lo comunicará igualmente a su Diputado de Tramo, retirándose luego a su domicilio de la manera más rápida y discreta posible.
g) Guardar silencio y recogimiento durante todo el recorrido, absteniéndose de comer, beber o fumar así como de utilizar aparatos reproductores de sonido, teléfonos móviles o similares, aún cuando se lleven ocultos, salvo aquéllos expresamente autorizados por razón del puesto que ocupan en la Cofradía.
h) Identificarse mediante la exhibición de su papeleta de sitio  cuando fuesen requeridos por su Diputado de Tramo o por el Diputado Mayor de Gobierno o sus Auxiliares.
i) Entregar a su Diputado de Tramo o depositar en el lugar que se indique su cirio, farol  o insignia, una vez entren en el Templo, guardando la debida compostura, deben de seguir las indicaciones que les den los diputados de Puerta, hasta la total entrada de la Cofradía y regresar luego a su domicilio con la misma diligencia y sobriedad que a la llegada.
3.- Los hermanos Nazarenos llevaran calcetines negros, calzado negro y en caso de llevar pantalón bajo el hábito este será también negro.


Las manos irán descubiertas sin reloj o abalorios y las uñas sin pintar. Solo se podrá llevar la alianza matrimonial por ser un sacramento de la Santa Iglesia Católica.
4.-  Los  hermanos  Nazarenos  que  no  cumplan  las  normas  arriba  citadas  serán sancionados con la prohibición de salir en la Estación de Penitencia o de abandonarla si esta ya estuviera en la calle.


Artículo 26º - HERMANOS MANIGUETEROS

1.- Son los hermanos Nazarenos que escoltaran los Pasos procesionales asidos por una sola mano, a cada una de las  maniguetas o esquinas del Paso.
Es un privilegio ser hermano Maniguetero por la cercanía a Nuestra Señora la Virgen de las Angustias al ser el Nazareno más próximo a Ella.
2.-  Los hermanos Manigueteros no deben de olvidar en ningún momento el carácter penitencial y religioso del acto que realizan y la responsabilidad que les alcanza como participes de la buena imagen de fervor y compostura de esta Estación de Penitencia.
3.-, Vestirán túnica negra, guantes y antifaz negros.

4.- Los hermanos que vayan a realizar la Estación de Penitencia como Manigueteros, se encuentran especialmente obligados a cumplir las mismas normas que los hermanos Nazarenos (articulo 25 punto 2)..
5.- Los hermanos Manigueteros que no cumplan las normas serán sancionados con la prohibición de salir en la Estación de Penitencia o de abandonarla si esta ya estuviera en la calle.
6.- El requisito principal para ser  Manigueteros es ser hermano de la Hermandad.



Artículo 27º - HERMANAS MANTILLA

1.- Los hermanas de Mantilla no deben de olvidar en ningún momento el carácter penitencial y religioso del acto que realizan y la responsabilidad que les alcanza como participes de la buena imagen de fervor y compostura de esta Estación de Penitencia.
2.- Se situarán solamente en el tramo de la Santísima Virgen de las Angustias, la edad mínima exigida será de 16 años.
3.- El lugar que cada hermana Mantilla ocupará dentro de la Estación de Penitencia estará determinado por el número de papeleta de sitio siendo el número 1 el lugar más próximo de este tramo a la Santísima Virgen de las Angustias.
4.- Seguirán las instrucciones que en todo momento les indiquen los diputados y el Diputado Mayor.


5.- Las hermanas de Mantilla que vayan a realizar la Estación de Penitencia , se encuentran especialmente obligadas a cumplir las siguientes normas: .
a) Encontrarse en el Templo a la hora señalada por la Junta de Gobierno.

b) Mostrar su papeleta de sitio a su Diputado de Tramo, ocupando en las filas el lugar asignado, permaneciendo en todo momento atento a sus instrucciones, las cuales obedecerá con exacta disciplina, y colaborando con aquel en todo lo necesario para el buen orden y compostura de la Estación de Penitencia.
c) Una vez formada y en marcha la Cofradía, las hermanas de Mantilla deberán ir con el mayor orden y en absoluto silencio, evitando movimientos inútiles y mirando siempre al frente. Cuidarán de que no se corte la fila guardando la distancia marcada entre ellas y atenderán con puntualidad las paradas o marchas que se hagan, por lo que estarán atentas a la hermana que las precede.
d) .Durante la Estación de Penitencia no podrán hablar con persona alguna, ni volverse hacia atrás. No adoptarán actitudes o posturas no penitenciales y deberán ir siempre atentas a su pareja en el tramo y atendiendo a las instrucciones de su Diputado de Tramo. En las paradas procurarán mantener la mayor inmovilidad posible, Queda totalmente prohibido arrastrar los pies o descalzarse.
e) Permanecer en el lugar que ocupe en la Cofradía sin salirse de las filas salvo por necesidad imperiosa que comunicará a su Diputado de Tramo, quien podrá autorizarle a abandonar la Cofradía por el tiempo indispensable y con la  máxima discreción. En caso de imposibilidad definitiva de continuar, lo comunicará igualmente a su Diputado de Tramo, retirándose luego a su domicilio de la manera más rápida y discreta posible.
f) Guardar silencio y recogimiento durante todo el recorrido, absteniéndose de comer, beber o fumar así como de utilizar aparatos reproductores de sonido, teléfonos móviles o similares, aún cuando se lleven ocultos, salvo aquéllos expresamente autorizados por razón del puesto que ocupan en la Cofradía.
g) Identificarse mediante la exhibición de su papeleta de sitio  cuando fuesen requeridos por su Diputado de Tramo o por el Diputado Mayor de Gobierno.
6.- Las hermanas de Mantilla vestirán  mantilla negra que se sujete en la parte de atrás con un broche discreto, vestido  negro a media pierna (ni por encima ni por debajo de la rodilla), con manga al codo o larga. Se admite chaqueta, abrigo o bolero negro, siempre


y cuando los botones sean discretos y no resalten. Las joyas que pueden lucirse con la mantilla son pendientes y medalla; Los pendientes pueden ser cortos o largos, siendo los más adecuados plata vieja, perlas, oro viejo o azabache. En el cuello podemos llevar una cadena fina acompañada de una cruz o una medalla pequeña. Guantes cortos de encaje negro, medias negras finas y nunca tupidas. Los zapatos negros, cerrados de salón de tacón medio y rosario de plata o de azabache.
7.- Los hermanas de Mantilla que no cumplan las normas arriba citadas serán sancionados con la prohibición de salir en la Estación de Penitencia o de abandonarla si esta ya estuviera en la calle.




Artículo 28º - PORTADORES INSIGNIAS Y ENSERES

1.- Los hermanos portadores de insignias y enseres no deben de olvidar en ningún momento el carácter penitencial y religioso del acto que realizan y la responsabilidad que les alcanza como participes de la buena imagen de fervor y compostura de esta Estación de Penitencia.
2.- Los hermanos portadores de insignias y enseres que vayan a realizar la Estación de Penitencia se encuentran obligados a cumplir las mismas normas que los hermanos Nazarenos (artículo 25 punto 2).
3.- Durante la Estación de Penitencia los portadores de las insignias y enseres de la Cofradía, serán responsables del estado de estos  enseres, desde el momento que se les entreguen en el Templo hasta la finalización de la Estación de Penitencia.
4.- Portarán las insignias y enseres según las instrucciones del Diputado Mayor y Diputados de Tramo.
5.- En todo momento seguirán las instrucciones del Diputado Mayor y Diputados de Tramo.
6.- Vestirán con túnica negra y capirote negro. Las manos irán descubiertas sin reloj o abalorios y las uñas sin pintar. Solo se podrá llevar la alianza matrimonial por ser un sacramento de la Santa Iglesia Católica.


Artículo 29º - ACÓLITOS

1.- Podrán formar como Acólitos aquellos hermanos que reúnan las condiciones físicas necesarias para realizar su cometido con eficacia y dignidad.


2.- Los hermanos Acólitos no deben de olvidar en ningún momento el carácter penitencial y religioso del acto que realizan y la responsabilidad que les alcanza como participes de la buena imagen de fervor y compostura de esta Estación de Penitencia.
3.- Durante la Estación de Penitencia no podrán hablar con persona alguna, ni volverse hacia atrás el , recibir ni entregar cosa alguna, dirigirse por señas ni comunicarse con las personas   que   contemplan  el   Paso,   así   como   adoptar   actitudes   o   posturas   no penitenciales. En las paradas procurarán mantener la mayor inmovilidad posible. Queda totalmente prohibido arrastrar los pies.
4.- Vestirán alba blanca y capelina negra, no pudiendo llevar ningún elemento visible externo, ni aderezo estético alguno, excepto la medalla de la Virgen.


Artículo 30º - OTRO PERSONAL

1.- Para las funciones de encendido de velas de los Pasos, los pabileros y los aguadores el servicio de agua a los costaleros.
2.- No deben de olvidar en ningún momento el carácter penitencial y religioso del acto que realizan y la responsabilidad que les alcanza como participes de la buena imagen de fervor y compostura de esta Estación de Penitencia.
3.- La vestimenta de los pabileros será  traje negro, camisa blanca, zapatos y calcetines negros pudiendo llevar de color blanco o en su color el escudo de la Hermandad.
La vestimenta de los aguadores será faja, pantalones y camiseta o sudadera negros y zapatillas.
4.- Este personal se situará lo más cerca posible de los pasos y fácilmente localizables.

Seguirán fielmente las instrucciones que le marque el capataz o el fiscal de Paso.


CAPÍTULO 6:


CAPATACES, HORQUILLEROS, COSTALEROS Y PORTADORES



Artículo 31º

1.- Los hermanos Horquilleros, Costaleros y Portadores son los encargados de cargar/portar, con su devoción y sacrificio, el peso de los Pasos durante la Estación de Penitencia.
2.- Los hermanos de Capataces, Horquilleros, Costaleros y Portadores no deben de olvidar en ningún momento el carácter penitencial y religioso del acto que realizan y la responsabilidad que les alcanza como participes de la buena imagen de fervor y compostura de esta Estación de Penitencia.


Artículo 32º

Tanto los Capataces, Costaleros y Portadores llevaran los Pasos de nuestros Sagrados Titulares considerando siempre los principios de sobriedad, austeridad y compostura, con un paso tradicional, sin movimientos inadecuados y procurando siempre el mayor respeto,  decoro  y  devoción  a  Nuestros  Sagrados  Titulares,  como  es  costumbre  y tradición desde 1680.


Artículo 33º

Tanto los hermanos Capataces, Costaleros y Portadores,  están obligados a cumplir las mismas normas de recogimiento y compostura que los hermanos nazarenos.
Deben evitar todo alarde, porque su penitencia personal no tendría valor si se efectúa por puro exhibicionismo o demostración de fuerza. Asimismo, huirán de toda vanidad y orgullo, realizando su labor con la humildad necesaria y la abnegación propia del cofrade.


Artículo 34º

Una  vez  formada  y  en  marcha  la  Cofradía,  los  hermanos  Costaleros  y Portadores deberán ir con el mayor orden y en absoluto silencio, evitando movimientos inútiles, acompasando los necesarios y mirando siempre al frente.


Durante la Estación de Penitencia no podrán hablar con persona alguna, ni volverse hacia atrás. No adoptarán actitudes o posturas no penitenciales.
En las paradas procurarán mantener la mayor inmovilidad posible. Queda totalmente prohibido arrastrar los pies.


Artículo 35º

Tanto  los  hermanos  Capataces,  Costaleros  y  Portadores  atenderán  siempre  las indicaciones de los Fiscales de Paso.


Artículo 36º

La forma en la que tanto hermanos Costaleros, Portadores y Horquilleros deben de cargar/portar los Tronos y Pasos será la siguiente:
a) Paso siempre al frente, nunca hacia atrás, ni movimientos laterales bruscos.

b) Los hermanos Portadores y Horquilleros les queda totalmente prohibido arrastrar los pies.
c) Al ser una Estación Penitencia de Silencio tanto Horquilleros como Portadores no podrán elevar el Trono por encima del hombro, ni hacer movimientos bruscos con Él.
d) La seriedad y austeridad en la forma de llevar los Pasos es y será una seña de esta Cofradía y de todas sus Imágenes Titulares.


Artículo 37º

Excepcionalmente, cuando las circunstancias lo requieran, los costaleros no hermanos llamados para completar las cuadrillas podrán formar parte de la Estación de Penitencia.


Artículo 38º

La vestimenta de los Capataces y Contraguías para el Viernes Santo será de traje y corbata negra, camisa blanca, zapatos y calcetines negros.
Las manos irán descubiertas sin reloj o abalorios y las uñas sin pintar. Solo se podrá llevar la alianza matrimonial por ser un sacramento de la Santa Iglesia Católica.


Artículo 39º

La vestimenta de los Costaleros será de  faja, zapatillas y costal negro (excepto la arpillera que será en su color). Los pantalones y camiseta o sudadera también de color negro, pudiendo llevar en blanco o en su color el escudo de la Hermandad.


Artículo 40º

Los hermanos Portadores del Santo Sepulcro llevarán túnica negra. Las manos irán descubiertas sin reloj o abalorios y las uñas sin pintar. Solo se podrá llevar la alianza matrimonial por ser un sacramento de la Santa Iglesia Católica.


Artículo 41º

Los hermanos Portadores de Ntro. Padre Jesús Atado a la Columna, llevarán traje y corbata negra, camisa blanca, zapatos y calcetines negros.
Las manos irán descubiertas sin reloj o abalorios y las uñas sin pintar. Solo se podrá llevar la alianza matrimonial por ser un sacramento de la Santa Iglesia Católica.


Artículo 42º

Los  ensayos  serán  planificados  con  la  suficiente  antelación  por  los  capataces  que deberán informar a la Junta de Gobierno.


Artículo 43º

Es obligatorio que al primer ensayo o reunión que celebre la cuadrilla de Costaleros o Portadores acuda el Hermano Mayor o persona en quien delegue y el Mayordomo del Paso, quienes darán la bienvenida y exhortarán a todos a cumplir con dedicación y responsabilidad la tarea que asumen.


Artículo 44º

Todos los ensayos darán comienzo con una oración a Nuestros Excelsos Titulares.



Artículo 45º

La elección de los Capataces de Pasos corresponde a la Junta de Gobierno, preferentemente entre hermanos de la Cofradía, debiendo mantener un contacto permanente con ésta.


Artículo 46º - DEBERES DEL CAPATAZ

1.- El Capataz se ajustará siempre a las normas  de organización de la Cofradía durante la Estación de Penitencia, siendo de obligado cumplimiento aceptar las normas e instrucciones que disponga el Diputado Mayor o el Fiscal de Paso.
2.- El Capataz guardará unas normas mínimas de comportamiento durante la Estación de Penitencia para no descuidar el máximo decoro y seriedad en la dirección de los pasos.
3.- El Capataz comunicará a la Junta de Gobierno los nombres de los componentes de su equipo, y dando el visto bueno la Junta de Gobierno Del mismo modo, deberá informar a la Junta de Gobierno de cualquier modificación que se produzca, para su ratificación.
4.- El Capataz tendrá el deber de elegir su propio equipo, que estará formado por un segundo Capataz y los Contraguías que estime necesarios, hasta un número máximo de tres.
5.- Una vez configurada la cuadrilla, los Capataces entregarán en secretaría una relación nominal de Costaleros, Portadores y Horquilleros de cada uno de los Pasos, incluyendo D.N.I., edad, dirección y teléfono.
6.- Los Capataces se responsabilizaran de las cuadrillas de hermanos Costaleros, Portadores, de Contraguías y serán quienes respondan por ellos ante la Junta de Gobierno. Velarán por sus comportamientos y el mayor decoro en el vestir.
7.- Cualquier acuerdo que adopte la Junta de Gobierno será de obligado cumplimiento para el Capataz.
8.- El Capataz podrá ser destituido, en cuanto no cumpla con los deberes que marca este Reglamento Interno por la Junta de Gobierno por  mayoría simple.


Artículo 47º - REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS COSTALEROS Y PORTADORES
1.- Ser mayor de edad, o tener 16 años con  autorización de alguno de los padres o tutores.
2.- Reunir las cualidades físicas para tal tarea.

3.- Acudir a reuniones, ensayos y convocatorias.

4.- Demostrar con su actitud y comportamiento, devoción y respeto a las Imágenes que portan.


5.- Una vez seleccionados, los Costaleros y Portadores pasan a formar parte de un cuerpo único de Costaleros y Portadores de la Hermandad que queda bajo la autoridad del equipo de Capataces.


Artículo 48º - DEBERES DE LOS COSTALEROS Y PORTADORES

1.- Los Costaleros y Portadores tendrán el deber a asistir a los actos que dirigidos a ellos organice la Hermandad.
2.- Los Costaleros y Portadores tendrán una conducta correcta tanto en los ensayos preparatorios como, sobre todo, en la  Estación de Penitencia, no debiendo en ningún momento faltar el respeto a sus compañeros y capataces con actitudes impropias e indecorosas.
3.- Los Costaleros y Portadores deberán fomentar al máximo el nivel de compañerismo. 4.- Los Costaleros y Portadores cumplirán las normas internas que la Hermandad establezca, las cuales irán siempre encaminadas a mejorar  el nivel de nuestra cuadrilla y, sobre todo, la dignidad y el decoro del culto público a Nuestros Sagrados Titulares.
5.- Los Costaleros y Portadores atenderán a las órdenes de los Capataces o de algún miembro de la Cofradía con autoridad para ello Diputado Mayor,  Fiscales de Paso y Diputado de Tramo, durante la Estación de Penitencia.
6.- Los Costaleros y Portadores asistirán a cuantas reuniones y citas sean requeridos por los capataces o por la Hermandad.
7.-   Los   Costaleros   y   Portadores   deberán   convocar   reuniones   en   nuestra   casa Hermandad, siempre con la aprobación del Vocal de Costaleros o Portadores, para tratar temas que les afecten: ensayos, “igualá”, convivencias, etc.
8.- Los Costaleros y Portadores deberán asistir de forma obligatoria a los ensayos y a la “igualá”, siendo la falta reiterada al mismo motivo suficiente para ser apercibidos por su comportamiento.
9.- Los Costaleros y Portadores podrán ser expulsado, por la Junta de Gobierno o por mayoría simple de la cuadrilla con el Visto Bueno de la Junta de Gobierno, en cuanto no cumplan con los deberes especificados en este Reglamento Interno.


CAPÍTULO 7:



PRESIDENCIAS



Artículo 49º

Es de obligado cumplimiento de cada cargo de la Junta de Gobierno ocupar su puesto en la Estación de Penitencia, pudiendo estar exento por un motivo de fuerza mayor o por ocupar otro puesto de mayor importancia, previa autorización de la Junta de Gobierno. En caso de que algún motivo un cargo no ocupe su lugar asignado en la Estación de Penitencia, será sustituido por su segundo en línea de cargos de la Junta de Gobierno, dejando éste último su puesto vacante y no ocupándolo ninguna otra persona. En el supuesto de que el segundo en línea de cargos de la Junta de Gobierno no pueda sustituir al titular, el puesto quedará vacante y no pudiendo ocuparlo ninguna otra persona.
La Junta de Gobierno podrá designar, de forma excepcional a otro miembro de la misma a ocupar un puesto en la Estación de Penitencia si concurre alguna de las siguientes circunstancias:
a)  Que el Hermano Mayor no pueda ocupar su lugar y el teniente de Hermano Mayor  no  pueda  sustituirlo,  por  lo  que,  para  su  designación  se  seguirá  la siguiente línea de cargos:
1º Secretario.

2º Secretario segundo.

3º Tesorero.

4º Tesorero segundo.

5º Mayordomo Virgen de las Angustias.

6º Mayordomo segundo Virgen de las Angustias.

a)  Que la presidencia de alguna de Nuestras Sagradas Imágenes quede totalmente vacante por imposibilidad de ocuparla los titulares de la misma. Para su designación la Junta de Gobierno propondrá a los candidatos, que deben pertenecer a la misma y deben ser aprobados por mayoría simple.


Artículo 50º

Como modelo ejemplarizante, de devoción, humildad, oración y sencillez las presidencias pertenecientes a la Junta de Gobierno y miembros de la Hermandad presidirán con el hábito de nazareno negro.
Las mujeres podrán ir vestidas de mantilla exclusivamente en el tramo de la Santísima Virgen.
Los invitados deberán de ir con traje y corbata negro y las mujeres de mantilla o bien con traje nazareno.


CAPÍTULO 8:



DE LA REFORMA DEL REGLAMENTO



Artículo 51º

El presente Reglamento se podrá reformar a iniciativa de la Junta de Gobierno, por la Junta General de Hermanos.


DISPOSICIÓN ADICIONAL



Todo lo no dispuesto en el presente Reglamento será resuelto por la Comisión de Estación de Penitencia

DISPOSICIÓN FINAL



El presente Reglamento de Estación de Penitencia formará parte del Reglamento de Régimen Interno que deberá aprobarse en Junta General de Hermanos.

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